En cadena nacional, el 15 de septiembre de 2022, el presidente Nayib Bukele se convirtió en el primer presidente de El Salvador en anunciar su reelección inmediata, a pesar que lo prohíbe la Constitución de la República, vigente desde 1983.
El artículo 152 establece que no podrá ser candidato a Presidente “El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior (...)”.
Es decir, que Nayib Bukele estaría violando este artículo, aunque renuncie seis meses antes de terminar su período; porque habría asumido la presidencia durante cuatro años y medio, antes de postularse nuevamente como candidato a la presidencia.
El artículo 248 de la Constitución de la República establece que: “No podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y sistema de Gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República”.
Y el artículo 75, inciso cuarto, afirma que pierden los derechos de ciudadano “Los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del Presidente de la República, o empleen medios directos encaminados a ese fin”.
Sin embargo, Nayib Bukele sustenta su candidatura en un controvertido fallo de la Sala de lo Constitucional, del 3 de septiembre de 2022, que avala su reelección inmediata. Quienes emitieron dicha sentencia, son los magistrados nombrados por la Asamblea Legislativa con mayoría de Nuevas Ideas y GANA, tras la destitución de los magistrados anteriores, sin el proceso que mandata la ley.
En el mismo fallo la Sala de lo Constitucional ordenó al Tribunal Supremo Electoral dar cumplimiento a la resolución. El tribunal emitió un comunicado, de manera inmediata, en el que afirmó que permitiría la reelección del presidente “si así lo desea”.
En julio de 2023, el partido Nuevas Ideas oficializó la candidatura del presidente salvadoreño, Nayib Bukele.
El domingo 22 de octubre, nuevamente en cadena nacional, el presidente de la República, Nayib Bukele, anunció que se inscribiría en el Tribunal Supremo Electoral, para hacer efectiva su candidatura a la reelección.
El martes 24 de octubre, el partido Nuestro Tiempo presentó un escrito ante el Tribunal Supremo Electoral, para recordarle a los Magistrados del TSE por qué la candidatura del actual Presidente de la República no puede ser inscrita por ser inconstitucional.
El candidato a la presidencia por el partido Nuestro Tiempo, Luis Parada, dijo que los magistrados del TSE todavía están a tiempo de no violar la Constitución.
El Tribunal Supremo Electoral recibió el escrito de Nuestro Tiempo, pero al cierre de esta nota no había emitido ninguna resolución.
Por otra parte, el último día hábil para inscripción de candidatos, los abogados Enrique Anaya y José Marinero entregaron un recomendable al TSE para que, con base a argumentos legales, no sea admitida la candidatura de Bukele, mientras afuera del organismo partidarios de Bukele gritaban "reelección", así lo dijo Anaya.
El historiador salvadoreño Héctor Lindo publicó en su cuenta de X (antes twitter), el pasado 23 de octubre, que El Salvador ha tenido 11 Constituciones, de las cuales solo dos han permitido la reelección, pero solo una lo hace explícitamente.
Según Héctor Lindo, en noviembre de 1863, Francisco Dueñas derrocó militarmente a Gerardo Barrios con ayuda de Guatemala y en marzo de 1864, la Asamblea Constituyente controlada por Francisco Dueñas incluyó la reelección en el texto constitucional.
No fue suficiente y al terminar su segundo período, Francisco Dueñas quiso otra reelección, según el historiador salvadoreño.
En 1883 estaba por terminar el segundo período de Rafael Zaldívar pero él quería continuar. Convocó una nueva Asamblea Constituyente que escribió una nueva Carta Magna en la que no se menciona la prohibición a la reelección. Entonces, siguió al mando hasta 1885.
El resto de Constituciones de El Salvador, de manera explícita, no han permitido la reelección presidencial, según Héctor Lindo.
A lo largo de la historia, los presidentes salvadoreños han contemplado la reelección. En el caso del general Maximiliano Hernández Martínez, terminado su período constitucional, no llamó a elecciones, convocó una Asamblea Constituyente que, usando sus poderes extraordinarios, lo eligió presidente sin voto popular. Pero la población realizó la Huelga de brazos caídos en rechazo a una nueva reelección, en 1944, y Martínez tuvo que salir al exilio, según una publicación de Héctor Lindo, en su cuenta de X, el 16 de septiembre de 2022.
Cristosal publicó un “Análisis jurídico sobre el principio de alternabilidad en el ejercicio de la presidencia”, en el cual expresa que en El Salvador la alternancia en el poder es un elemento esencial para proteger la democracia y, por consiguiente, garantizar el pleno respeto de los derechos humanos, así como la rendición de cuentas. Además, funciona como contrapeso al poder ejecutivo en un sistema político sumamente presidencialista y es una salvaguarda que tiene la población contra la corrupción, el autoritarismo y el abuso del poder.
Campaña permanente de Nuevas Ideas
Los candidatos a alcaldes y diputados por el partido Nuevas Ideas están aprovechando los espacios públicos, como fiestas patronales y eventos de organizaciones en las que participan los actuales alcaldes, para promocionar su candidatura y entregar artículos promocionales con su imagen y su nombre.
Un ejemplo fue un evento con estudiantes y padres de familia en el parque central de Tamanique, en La Libertad.
Un equipo de Nuevas Ideas aprovechó el evento para entregar llaveros con las fotografías de la candidata a diputada por La Libertad, Sharon Hernández y del presidente de la República Nayib Bukele.
Un padre de familia envió la fotografía del llavero a Bálsamo Radio TV y dijo que un llavero no cambiaba en nada la crisis económica en la que se encontraba.
Sharon Hernández es actualmente concejal de Nuevas Ideas en Santa Tecla; como artista ha sido conocida como “La diva Latina”.
Los candidatos de Nuevas Ideas, al igual que el resto de partidos contendientes, no piden el voto abiertamente, pero sí mantienen una campaña permanente para el posicionamiento de su imagen y su nombre.
El 21 de febrero de 2023, el Tribunal Supremo Electoral emitió un comunicado sobre la “Prohibición de propaganda anticipada”, en el que indica que, según el calendario electoral, la propaganda para la elección de diputados a la Asamblea Legislativa iniciará el 3 de diciembre de 2023 y finalizará el 31 de enero de 2024; para las elecciones del PARLACEN arranca el 2 de enero y finalizará el 28 de febrero; y la propaganda para Concejos Municipales corre a partir del 5 de febrero y se mantendrá vigente hasta el 28 de febrero.
La campaña electoral adelantada es sancionada, según el artículo 245 del Código Electoral, con una multa de 10,000 a 50,000 mil colones o su equivalente en dólares, que serían de $1,143.56 a $5,717.80 dólares.
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